Aprobación de Modelo
Mediante Resolución Nº 001-2012/SNM-INDECOPI publicada el 18 de marzo de 2012, se establece que la aprobación de modelo, la verificación inicial y periódica de los medidores de energía eléctrica y de agua potable son obligatorias y deben realizarse de acuerdo a las Normas Metrológicas Peruanas vigentes.
Asimismo, mediante Resolución Nº 001-2014/SNM-INDECOPI publicada el 23 de enero de 2014, se aprueban disposiciones complementarias respecto al control metrológico de aprobación de modelo, verificación inicial y periódica a los medidores de gas, de agua potable y de energía eléctrica. La misma resolución menciona que los certificados de aprobación de modelo procedentes del extranjero deben ser homologados por el Servicio Nacional de Metrología (actualmente Dirección de Metrología del INACAL). Igualmente señala que la verificación inicial deberá ser realizada por organismos autorizados, los mismos que deben ser previamente reconocidos por el Servicio Nacional de Metrología (actualmente Dirección de Metrología del INACAL).
En este enlace podrá acceder a una "Guía para la atención de los procedimientos TUPA de Metrología Legal" (Ver), en donde encontrará información de ayuda que deberá conocer antes de ingresar alguno de los siguientes procedimientos:
1. Aprobación de Modelo de Instrumentos de Medición sometidos a Control Metrológico
- Requisitos TUPA para la "Aprobación de modelo de instrumentos de medición sujetos a control metrológico, evaluados en laboratorios de INACAL" (Ver)
- (*) Requisitos TUPA para la "Aprobación de modelo de instrumentos de medición sujetos a control metrológico, con algunos ensayos realizados en laboratorios distintos a INACAL" (Ver)
- Formulario DM-001 (Ver)
- Listado de "Certificados de Aprobación de Modelo" emitidos por la Dirección de Metrología del INACAL para los siguientes instrumentos de medición:
- Medidores de Agua (ver)
- Medidores de Energía Eléctrica (Ver)
- Medidores de Gas (Ver)
(*) El nuevo reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE. establece que los documentos públicos extendidos en el exterior; entiéndase, los “Reportes de Resultados”, deberán contar siempre con el apostillado correspondiente; solo cuando no resulte aplicable el “Convenio de la Apostilla” se podrán presentar documentos legalizados por los funcionarios consulares peruanos competentes en el extranjero. Nuevo
2. Homologación de Certificados de Aprobación de Modelo de Instrumentos de Medición sometidos a Control Metrológico emitidos en el Extranjero
- (*) Requisitos TUPA para la "Homologación de certificado de aprobación de modelo de instrumentos de medición sujetos a control metrológico emitido en el extranjero" (Ver)
- Formulario DM-002 (Ver)
- Listado de "Certificados de Homologación" emitidos por la Dirección de Metrología del INACAL para los siguientes instrumentos de medición:
- Medidores de Agua (Ver)
- Medidores de Energía Eléctrica (Ver)
- Medidores de Gas (Ver)
(*) El nuevo reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE. establece que los documentos públicos extendidos en el exterior; entiéndase, el “Certificado de aprobación de Modelo emitido por el Instituto Nacional de Metrología o por el Organismo Competente” y sus “Reportes de Resultados”, deberán contar siempre con el apostillado correspondiente; solo cuando no resulte aplicable el “Convenio de la Apostilla” se podrán presentar documentos legalizados por los funcionarios consulares peruanos competentes en el extranjero. Nuevo
3. Códigos que deben llevar las marcas de medidores de agua con modelo aprobado
En este enlace podrá acceder al listado de los códigos que deberán llevar las marcas de medidores de agua que cuenten con el Certificado de Aprobación de Modelo u Homologación del Certificado de Aprobación de Modelo vigente y sean utilizadas por las empresas prestadoras de servicio de agua potable según lo establecido en la “Guía para la Identificación y Estandarización de Especificaciones Técnicas de los Medidores de Agua Potable a Instalarse en las Conexiones Domiciliarias”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 065-2017-VIVIENDA. (Ver)
4. Buscador "Online" de Instrumentos de Medición Verificados por las Unidades de Verificación Metrológicas autorizadas por la Dirección de Metrología del INACAL