La condición esencial para que un organismo sea acreditado por la Dirección de Acreditación del INACAL es el cumplimiento de los Criterios de Acreditación Generales, Específicos y Complementarios que se encuentran establecidos en los documentos siguientes:
Documentos Generales:
- Reglamento para la Acreditación de Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) (Nueva Versión) / Fe de erratas de Reglamento para la Acreditación de Organismos de Evaluación de la Conformidad (OEC) (Documento nuevo)
- Procedimiento General de Acreditación (Nueva Versión)
- Procedimiento para la Acreditación de Alcances Flexibles (Nueva Versión)
- Directriz para la Acreditación de Alcances Flexibles (Ver)
- Reglamento para el Uso del Símbolo y Declaración de la Condición de Acreditado (Ver)
- Directriz de Muestreo de Productos (Ver)
- Directriz Criterios para la Trazabilidad de las Mediciones (Nueva Versión)
- Reglamento para la Conformación y Funcionamiento de los Comités Ad Hoc de Apelaciones de la Dirección de Acreditación (Ver)
- Directriz de Criterios para Evaluaciones Remotas (Ver)
- Procedimiento de Gestión de Infracciones de la Dirección de Acreditación (Ver)
- Cuestionario sobre Alcance Flexible - DA-acr-20P-04F (Ver)