1. Verificación Inicial

Mediante Resolución Nº 001-2012/SNM-INDECOPI (Ver) publicada el 18 de marzo de 2012, se establece que la aprobación de modelo y la verificación inicial de los medidores de energía eléctrica y de agua potable son obligatorias y deben realizarse de acuerdo a las Normas Metrológicas Peruanas vigentes.

Asimismo, mediante Resolución Nº 001-2014/SNM-INDECOPI (Ver) publicada el 23 de enero de 2014, se aprueban disposiciones complementarias respecto al control metrológico de aprobación de modelo y verificación inicial a los medidores de gas, de agua potable y de energía eléctrica. La misma resolución menciona que los certificados de aprobación de modelo procedentes del extranjero deben ser homologados por la Dirección de Metrología del INACAL. Igualmente señala que la verificación inicial deberá ser realizada por organismos autorizados, los mismos que deben ser previamente reconocidos por la Dirección de Metrología del INACAL.

De acuerdo a lo establecido en el punto 2.12 del “Vocabulario Internacional de Metrología Legal – VIML” (Ver), la verificación inicial es la verificación de un instrumento de medición que no ha sido verificado previamente.

2. Verificación Posterior

Mediante Resolución Directoral N° 005-2018 (Ver) se aprobó la verificación posterior de los medidores de agua, de energía eléctrica y de gas como parte del control metrológico, que serán realizadas por las Unidades de Verificación Metrológica (UVM) autorizadas por la Dirección de Metrología.

De acuerdo a lo establecido en el punto 2.13 del “Vocabulario Internacional de Metrología Legal – VIML” (Ver), la verificación posterior es la verificación de un instrumento de medición que se realiza después de una verificación anterior.

Nota 1:
La verificación posterior incluye: 
- verificación periódica obligatoria, 
- verificación después de la reparación, y
- verificación voluntaria. 

Nota 2 
La verificación posterior de un instrumento de medición puede realizarse antes del vencimiento del período de validez de una verificación anterior, ya sea a solicitud del usuario (propietario) o cuando su verificación ha sido declarada vencida.

3. Procedimientos de Verificación 

Los procedimientos de verificación buscan establecer los pasos que deberán cumplir los técnicos de verificación para efectuar las verificaciones iniciales y verificaciones posteriores de sus respectivos equipos y/o instrumentos. En este enlace podrán accede al "Listado de los procedimientos de verificación emitidos por la Dirección de Metrología del INACAL" (Ver).

4. Buscador "Online" de Instrumentos de Medición Verificados por las Unidades de Verificación Metrológicas autorizadas por la Dirección de Metrología del INACAL